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Concurso de acreedores

BODEGAS ESPINOSA, SOCIEDAD ANONIMA EN LIQUIDACION

CIF A13004064Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
210/08/201214/02/2019
Procedimiento
37/2012

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso14/02/2019
    ⚖️ CIUDAD REALProc. 37/2012Auto 08/02/2019

    D. José Manuel Torres Braos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 de Ciudad Real, con competencia en materia mercantil, por el presente, Anuncia: Que en el proceso de concurso voluntario abreviado, seguido en este órgano judicial con el número 37/2012, a instancia de la Procuradora D.ª Eva María Santos Álvarez, en nombre de BODEGAS ESPINOSA, S.A., con CIF A13004064, se ha dictado auto de conclusión del concurso en fecha 8 de febrero de 2019, por haberse llevado a cabo las operaciones de liquidación, con aprobación de las cuentas presentadas por la Administración Concursal, contra el cual no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la Ley Concursal). Y para que sirva de publicidad en el BOE, a los efectos prevenidos en el artículo 177.3 de la Ley Concursal, en relación con el segundo párrafo del artículo 23 de la misma Ley, expido el presente. Ciudad Real, 11 de febrero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Manuel Torres Braos.

  2. Declaración de concurso10/08/2012
    ⚖️ CIUDAD REALAuto 27/07/2012

    Don Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber: 1.º Que en la SECCIÓN 1.ª DE DECLARACIÓN DEL CONCURSO de los autos de CONCURSO ABREVIADO VOLUNTARIO 0000037/2012 se ha dictado en fecha 27 de julio de 2012 AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO voluntario del deudor BODEGAS ESPINOSA, S.A., con CIF A-13004064, con domicilio social en la localidad de Valdepeñas (Ciudad Real), Ctra. De Madrid, Km. 198, cuyos centros de intereses principales los tienen también en dicha localidad. 2.º Se ha acordado la mera intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio que seguirá ejerciendo la entidad deudora si bien que quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del Administrador Concursal designado, mediante su autorización o conformidad. Se ha designado, como Administrador Concursal a el Abogado don Eutimio Fernández Sánchez, del Colegio de Abogados de Ciudad Real, con n.º de colegiado 1.846, con domicilio en Calle Obispo Hervás, n.º 2, puerta 2 (entresuelo), de Ciudad Real y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de UN MES a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º La Administración Concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al Juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores. Éstos a su vez podrán solicitar a la Administración Concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 L.C.). 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC). Ciudad Real, 27 de julio de 2012.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.