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Concurso de acreedores
MK2 HISPANIA SL
CIF B84553627Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 22/10/2011 → 18/12/2014
- Procedimiento
- 191/2011
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso18/12/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de MadridProc. 191/2011Auto 01/12/2014
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia: Que en el procedimiento n.º 191/2011, por auto de fecha 28/11/14 se ha declarado la conclusión del concurso de la entidad MK2 HISPANIA, S.L., con n.º CIF. B-84553627 y el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos de la concursada ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores. Se declara el cese de las limitaciones de la facultades de administración y disposición de la concursada así como de la Administración concursal, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, todo ello sin perjuicio de la posible reapertura del concurso ante la aparición de bienes y derechos. Se acuerda la extinción de la mercantil concursada y se dispone el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Madrid. Se aprueba la rendición de cuenta presentada por la Administración Concursal en su informe. Contra dicha resolución no cabe recurso alguno. Madrid, 1 de diciembre de 2014.- El Secretario judicial.
- Otro acto concursal22/10/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de MadridAuto 04/10/2011
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la L.C., anuncia: 1.º Que en el procedimiento concurso n.º 191/11 por auto de fecha 4 de octubre de 2011 se ha declarado en concurso Voluntario y Abreviado al deudor MK2 HISPANIA, S.L., con CIF n.º B-84553627, con domicilio en la calle Rafael Salgado, 7, bajo, de Madrid. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. 4.º El Administrador Concursal es D. Jesús M.ª Aranda Terrado, con domicilio en Madrid, Avda. de Reina Victoria, 4, 1.º A, de Madrid, con número de teléfono 902909388. El plazo para esta comunicación es el de 15 días a contar desde la presente publicación. Madrid, 7 de octubre de 2011.- Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.