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Concurso de acreedores

MITRAFOR SL

CIF B50817519Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
504/11/201428/12/2020
Procedimiento
386/2014
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ZARAGOZA · Juzgado de lo Mercantil 1 de Zaragoza

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal28/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ZARAGOZA Proc. 386/2014Juez : JUAN FRANCISCO SANTANA MIRALLESAuto 03/12/2020

    VER ANEXO

  2. Otro acto concursal28/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ZARAGOZA Proc. 386/2014Auto 03/12/2020

    Cese de Administrador concursal

  3. Conclusión del concurso28/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ZARAGOZA Proc. 386/2014Auto 03/12/2020

    Auto de conclusión de concurso

  4. Conclusión del concurso11/12/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil 1 de ZaragozaAuto 03/12/2020

    Doña Tomasa Hernández Martín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil 1 de Zaragoza, Anuncia: En el concurso 0000386/2014 F1 referente al deudor Mitrafor, S.L., CIF B50817519, por auto de fecha 03-12-2020 frente al que no cabe recurso, se ha acordado: 1.-Conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa. 2.-Cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición. 3.-Aprobación de la rendición de cuentas. 4.-Cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil. Zaragoza, 3 de diciembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Tomasa Hernández Martín.

  5. Declaración de concurso04/11/2014
    ⚖️ ZARAGOZAProc. 386/2014Auto 16/10/2014

    Edicto Doña Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber: 1.º Que en este Juzgado se siguen autos de concurso voluntario abreviado n.º 386/2014-F, y número de Identificación General del procedimiento (N.I.G.) 50297 47 1 2014 0000582, en el cual se ha dictado en fecha de 16 de octubre de 2014, auto de declaración de concurso voluntario de la Compañía Mercantil "Mitrafor, S.L.", con C.I.F. número B50817519, y domicilio social en Zaragoza, Barrio de Santa Isabel, calle Santa Nunila, n.º 31. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la mercantil concursada, mediante autorización o conformidad de la Administración Concursal. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de un mes comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente a la Administración Concursal designada, integrada por la sociedad "Plancontrol Auditores y Consultores, S.L.P.", con CIF B B50801869, representada por el Auditor n.º de ROAC 10764 y Licenciado en Ciencias Económisca, Don Jesús Jiménez Hernández, con D.N.I. 72.864.970-G; Dirección postal: Paseo Sagasta, n.º 43, 4.º izda., 50007 Zaragoza; Teléfono: 976-383311; Fax: 976-253163; Correo electrónico: [email protected] Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal de la Administración Concursal indicada, o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica. No se admitirán comunicaciones de créditos en el Juzgado. 4.º La comunicación de créditos se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art.º 184.3 Ley Concursal). Zaragoza, 23 de octubre de 2014.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.