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Concurso de acreedores

MISCRA SOLUTION SL

CIF B65858995Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
3 — 16/02/2017 → 30/11/2018
Procedimiento
796/2016
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal30/11/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BarcelonaProc. 796/2016Auto 15/11/2018

    Lluis Miguel Gonzalo Capellín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona, Hago saber: Que en el concurso abreviado 796/2016 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de MISCRA SOLUTION, S.L., con NIF B65858995, con domicilio en calle Murcia, 37, 1.º 1.º, 08830 Sant Boi de Llobregat. La misma resolución que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las faculltades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 15 de noviembre de 2018.- Letrado de la Administración de la Justicia, Luis Miguel Gonzalo Capellín.

  2. Otro acto concursal28/02/2017
    ⚖️ BARCELONAProc. 796/2016Auto 27/12/2016

    Dña. Margarita Marquina Castells, Letrado de la Adm. de Justicia en sustitución del Juzgado Mercantil 1 de Barcelona, Hace saber: Que en los autos con N.I.G.08019-47-1-2016-8007784 y nº 796/2016HB se ha declarado el concurso voluntario principal de fecha 27 de diciembre de 2016 de la sociedad MISCRA SOLUTION, S.L. con C.I.F. n.º B65858995 en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado. El administrador concursal es D.ª Elvira Castañon Garcia Alix, con domicilio en C. Escuelas Pías, 18, planta baja, 08017 Barcelona (Barcelona) y correo electrónico [email protected]. Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en C. Escuelas Pías, 18, planta baja, 08017 Barcelona (Barcelona), o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas. Barcelona, 1 de febrero de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  3. Otro acto concursal16/02/2017
    ⚖️ BARCELONAProc. 796/2016Auto 27/12/2016

    Don Luis Miguel Gonzalo Capellin, Letrado de la Adm. de Justicia del Juzgado Mercantil 1 Barcelona, Hace saber: Que en los autos con NIG 08019 - 47 - 1 - 2016 - 8007784 y n.º 796/2016HB, se ha declarado el concurso voluntario principal de fecha 27 de diciembre de 2016 de la sociedad MISCRA SOLUTION, S.L., con CIF B65858995, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado. El administrador concursal es D.ª Elvira Castañón García Alix, con domicilio en c/ Escuelas Pias, 18, planta baja, 08017 Barcelona (Barcelona), y correo electrónico [email protected]. Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en c/ Escuelas Pías, 18, planta baja, 08017 Barcelona (Barcelona), o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de aquisición y vencimiento, caracterísiticas y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunciar sus créditos o asistir a Juntas. Barcelona, 10 de enero de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.