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Concurso de acreedores

MILANDE SL

CIF B80697808Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
222/07/200926/12/2012
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 2 DE MADRID A N U N C I A 1

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal26/12/2012
    ⚖️ MADRIDAuto 11/12/2012

    El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal. Anuncia: 1.º Que en el procedimiento n.º 282/09 por auto de fecha 08/07/09 se declaró en concurso voluntario al deudor Milande, S.L., con CIF: B-80697808. 2.º Que con fecha 10/12/12 se ha dictado resolución por la que: - Se acuerda la conclusión del presente procedimiento concursal por inexistencia de bienes o derechos propiedad de la concursada Milande, S.L., ni de terceros responsables para hacer satisfacer a los acreedores, ni de la viabilidad de acciones de reintegración. - Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. - El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Madrid, 11 de diciembre de 2012.- Secretario Judicial.

  2. Otro acto concursal22/07/2009
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 2 DE MADRID A N U N C I A 1Auto 08/07/2009

    JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 2 DE MADRID A N U N C I A 1.º- Que en el procedimiento número 282/09, por auto de fecha 8 de julio de 2009 se ha declarado en concurso al deudor "MILANDE, S.L" con C.I.F. N.º B 80697808, con domicilio en C/ Velázquez nº 158 de Madrid y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Madrid. 2.º- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de 15 DÍAS a contar desde la presente publicación. MADRID, 14 de julio de 2009.- SECRETARIO JUDICIAL.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.