Concurso de acreedores
MICROMA SA
CIF A78799988Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 05/07/2017 → 05/07/2017
- Procedimiento
- 543/2017
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal05/07/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridProc. 543/2017Auto 23/06/2017
Edicto Doña Verónica Calvo Moreno, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 543/2017, por auto de 23 de junio de 2017 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Microma, S.A. CIF n.º A-78799988 con domicilio en Polígono Industrial Las Monjas, Calle Invierno, 17, Torrejón de Ardoz (Madrid). 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, a través de su relación directa con el mismo, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 LC. Los datos de la administración concursal son los siguientes: Roda Gestión Concursal, SLP, con despacho profesional en Calle Padre Santaella, n.º 3, 3.º, 24402 Ponferrada (León). Teléfono 630902160 Dirección electrónica [email protected] La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la Administración concursal al domicilio o correo electrónico expresado, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la Administración concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 23 de junio de 2017.- Letrada de la Administración de justicia del Juzgado Mercantil n.º 8 de Madrid.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.