Concurso de acreedores
METAL WOOD SA
CIF A85150076Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 14/01/2013 → 12/02/2021
- Procedimiento
- 619/2012
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid · MERCANTIL - 12
Cronología del expediente
- Otro acto concursal12/02/2021⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 12 de MadridProc. 619/2012Auto 09/02/2021
El Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del TRLC, anuncia: 1º Que en el procedimiento Concurso ordinario 619/2012 por auto de fecha 05/02/2021 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso de la Mercantil METAL WOOD, S.A., con CIF A-85150076, por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 473 TRLC. 2º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación, en su caso. 3º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 485 TRLC, declarar su extinción. Madrid, 9 de febrero de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, D. Luis Espinosa Navarro.
- Otro acto concursal03/12/2020⚖️ MERCANTIL - 12Proc. 619/2012Juez : ANA MARIA GALLEGO SANCHEZAuto 28/09/2020
Que en el procedimiento Concurso Abreviado 619/12, relativo al deudor METAL WOOD, S.A., se ha presentado rendición de cuentas junto con el informe final de liquidación. Dichos documentos pueden se examinados por los interesados en la Secretaría del J
- Otro acto concursal07/05/2013⚖️ MADRIDAuto 23/04/2013
Edicto. Don Pedro Juan Enseñat García, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil 12 de los de Madrid, anuncia: 1. Que en el procedimiento concursal número 619/12, referente al deudor "Metal Wood, Sociedad Anónima", con CIF A-85150076, se ha presentado el informe de la Administración Concursal, al que se refiere el capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaria del Juzgado, así como obtener copias a su costa. 2. Dentro del plazo de diez días, computados desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios del Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Madrid, 23 de abril de 2013.- Secretario Judicial.
- Otro acto concursal14/01/2013⚖️ MADRIDProc. 619/2012Auto 19/12/2012
Edicto Doña Julia Zapatero García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 619/2012, por auto de 19 de diciembre de 2012, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil Metal Wood, S.A., con CIF: A-85150076, con domicilio social en, Madrid Plaza del Carmen, 7 28013, cuyo centro intereses principales lo tiene en dicho domicilio. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. Lugar para tal comunicación: por presentación o remisión a la dirección: "Administración concursal del concurso de Metal Wood, S.A.: Att. D. Enrique Ugarte Timón calle Fuente del Berro, 20 1.º B. 28009 Madrid. E-mail: [email protected] Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 21 de diciembre de 2012.- Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.