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Concurso de acreedores
MES NET W I SL
CIF B61238135Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 11/11/2013 → 11/01/2019
- Procedimiento
- 574/2013
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Barcelona hago saber · Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de Barcelona
Cronología del expediente
- Otro acto concursal11/01/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Barcelona hago saberProc. 574/2013Auto 26/11/2018
Jesús Santiago Ortego Briongos, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Barcelona hago saber que: En el concurso abreviado 574/2013 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de Mes Net Wi, S.L., con NIF B61238135. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 26 de noviembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, Jesús Santiago Ortego Briongos.
- Declaración de concurso11/11/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de BarcelonaProc. 574/2013Auto 22/10/2013
Edicto de declaración de concurso Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de Barcelona, dicto el presente Edicto al objeto de dar publicidad al Auto de Declaración de Concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto.- Concurso 574/2013, Sección G. NIG.- 08019 - 47 -1 - 2013 - 8004157. Fecha del auto de declaración.- 15/10/13. Clase de concurso: Voluntario abreviado. Entidad concursada.- Mes Net Wi, S.L., con domicilio en Cornellà de Llobregat (Barcelona), c/ Energía, n.º 76-78, bajos, con CIF n.º B-61238135. Administradores concursales.- D,ª Olga Forner Beltrán, como Abogado. Dirección Postal.- Plaga Europa, n.º 41-43 (08908) L'Hospitalet de Llobregat. Dirección Electró[email protected]. Régimen de las facultades del concursado: Intervenidas. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la administración concursal, a través, de la dirección postal o electrónica antes señaladas y en la forma establecida en el artículo 85 de la Ley Concursal, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación en el BOE. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles. Barcelona, 22 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.