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Concurso de acreedores
MERIDIANO 520 SOCIEDAD LIMITADA
CIF B91490888Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 19/07/2012 → 04/08/2025
- Procedimiento
- 205/2011
- Juzgado
- Mercantil - 1
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso04/08/2025⚖️ Mercantil - 1Proc. 205/2011Juez : RAQUEL SANCHEZ MORENOAuto 14/07/2025
AUTO DE CONCLUSION CONCURSO NECESARIO
- Otro acto concursal08/05/2025⚖️ Mercantil - 1Proc. 205/2011Juez : ALFREDO FERNANDEZ RIENDAAuto 06/05/2025
BOLETIN ESTADISTICO RENDICION CUENTAS
- Otro acto concursal19/07/2012⚖️ CÁDIZProc. 205/2011Auto 25/04/2012
Edicto Doña Covadonga Herrero Udaondo, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Anuncia 1.º-Que en el procedimiento número 205/2011, con NIG 1101242M20110000207, por auto de 25 de abril de 2012 se ha declarado en concurso necesario a la entidad mercantil "Meridiano 520, S.L." (CIF B91490888), con domicilio social en C/ Juan Ramón Jiménez, n.º 13, 1.º B, de Sevilla. 2.º-Se suspenden las facultades de administración y disposición del deudor sobre los bienes, derechos y obligaciones de su patrimonio que hayan de integrarse en el concurso, que pasarán a ejercerse por el Administrador concursal. 3.º-Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido "Gassó Auditores, S.L.P.", con domicilio postal en C/ Regino Martínez, n.º 30, 1.º, de Algeciras (11201) y dirección electrónica [email protected]. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado". 4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Cádiz, 6 de julio de 2012.- La Secretaria judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.