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Concurso de acreedores
MERCAEDUCA SLL
CIF B39596937Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 28/11/2013 → 17/05/2017
- Procedimiento
- 446/2013
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso17/05/2017⚖️ SANTANDERProc. 446/2013Auto 20/04/2017
Doña María de las Nieves García Pérez, Letrada de la Administración de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Santander, Hago saber; Que en el procedimiento de referencia concurso ordinario n.º 446/2013 se ha acordado por Auto de 20 de abril de 2017, lo siguiente: 1. Se declara concluso el presente concurso nº 446/2013 de MERCAEDUCA, SOCIEDAD LIMITADA LABORAL, por inexistencia de bienes y derechos del concursado, procediéndose al archivo de las actuaciones. 2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente. 3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal. 4. Se acuerda el cese de la administración concursal. 5. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. 6. Se acuerda la extinción de la persona jurídica de MERCAEDUCA, SOCIEDAD LIMITADA LABORAL, con CIF n.º B39596937 y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santander conteniendo testimonio de la resolución firme. Anúnciese la conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado, en el Registro Público Concursal y gratuitamente en el BOE. Santander, 27 de abril de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal28/11/2013⚖️ SANTANDERProc. 446/2013Auto 15/11/2013
Edicto Doña María de las Nieves García Pérez, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Santander, Hago saber: 1. Que en el procedimiento concursal 446/2013, por auto de fecha 15 de noviembre de 2013, se ha declarado en concurso al deudor Mercaeduca, S.L.L. con CIF número B39596937, y con domicilio en Bajada de San Martín s/n Peñacastillo (Santander, Cantabria). 2. Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la administración concursal. 3. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y como publicidad complementaria en la Web del TSJC. 4. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 5. Que ha sido designado administrador concursal doña Patricia Cosio Gómez nombrado administrador concursal con DNI 13979763H, mayor de edad, con domicilio profesional en c/ Vargas, 45, 1.º F, Oficina F, CP 39010 Santander, Cantabria, para el ejercicio del cargo en la localidad de Santander, dentro del ámbito territorial del Juzgado, con número de teléfono 942241100, fax 942241101 y correo electrónico [email protected] Santander, 19 de noviembre de 2013.- La Secretario.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.