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Concurso de acreedores
MERCABALMES SL EN LIQUIDACION
CIF B57635963Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 10 — 31/08/2020 → 12/02/2021
- Procedimiento
- 920/2020
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PALMA · MERCANTIL - 2 · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca
Cronología del expediente
- Otro acto concursal12/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PALMA Proc. 920/2020Auto 18/08/2020
Resolución sobre las facultades de administración
- Otro acto concursal10/12/2020⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 920/2020Juez : MARGARITA JUAN LOSAAuto 05/11/2020
Publicación informe Administración concursal
- Declaración de concurso10/12/2020⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 920/2020Juez : MARGARITA JUAN LOSAAuto 08/09/2020
AUTO DECLARACIÓN DE CONCURSO
- Otro acto concursal05/10/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PALMA Proc. 920/2020Juez : YOLANDA RÍOS LÓPEZAuto 15/01/2021
Concluir el concurso de la entidad concursada AUTO GAVÀ, S.L., porinsuficiencia de masa activa, su extinción y la cancelación de su inscripciónregistra
- Declaración de concurso24/09/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de MallorcaProc. 920/2020Auto 21/09/2020
Edicto Doña Margarita Juan Losa, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º concurso abreviado 920/2020C y NIG n.º 07040 47 1 2020 0002823 se ha dictado en fecha 18/08/20 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Mercabalmes, SLU, provista del n.º de CIF B57635963, y domicilio social y fiscal sito en calle Estels Xapats, 4, Edificio América III, Maioris Décima, CP 07609 de Llucmajor. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. 3.º Se ha designado, como administración concursal al abogado don Antonio Joaquín Almendros Ruíz, con domicilio profesional en Avenida Alejandro Rossello, n.º 23, 3.º, 1.ª, CP 07002 (Palma de Mallorca), con número de teléfono 971 723 311, y como dirección de correo electrónico [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito. 5.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público concursal www.publicidadconcursal.es 6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal) Palma de Mallorca, 21 de septiembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, Margarita Juan Losa.
- Otro acto concursal23/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PALMA Proc. 920/2020Juez : ALFONSO MUÑOZ PAREDESAuto 18/08/2020
SE DA CUENTA DEL ENVÍO A LOS ACREEDORES DEL PROYECTO DE INVENTARIO Y DE LISTA DE ACREEDORES CON FECHA 11/09/2020, ASÍ COMO DE LAS SOLICITUDES DE RECTIFICACIÓN O COMPLEMENTO.
- Otro acto concursal23/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PALMA Proc. 920/2020Juez : ANGELA SANZ RUBIOAuto 18/08/2020
AUTO APRUEBA EL PLAN DE LIQUIDACIÓN Y APERTURA SECCIÓN SEXTA DE CALIFICACIÓN
- Declaración de concurso23/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PALMA Proc. 920/2020Juez : ANGELA SANZ RUBIOAuto 18/08/2020
AUTO APRUEBA EL PLAN DE LIQUIDACIÓN PRESENTADO POR LA AC Y FORMACIÓN DE LA SECCIÓN DE CALIFICACIÓN
- Apertura de liquidación23/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PALMA Proc. 920/2020Juez : ELENA FRAILE LAFUENTEAuto 30/10/2020
"1. Procede la conclusión del concurso, por insuficiencia de masa activa, dejando sin efecto la situación de concursado la entidad PROMOTORA Y CONSTRUCTORA PROYECPAL S.L. , y el archivo de las actuaciones. 2. Aprobar la rendición de cuentas presen...
- Declaración de concurso31/08/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PALMA Proc. 920/2020Juez : JOSE LUIS FORTEA GORBEAuto 18/08/2020
Pónganse el inventario y la lista de acreedores de manifiesto en esta Oficina Judicial para que los interesados puedan tener acceso a los mismos pudiendo obtener copia
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.