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Concurso de acreedores

MENTURFE SOCIEDAD LIMITADA

CIF B57053548Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
229/06/201026/04/2014

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso26/04/2014
    ⚖️ PALMA DE MALLORCAAuto 16/04/2014

    Don José Luís Garrido de Frutos, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 303/10 se ha dictado a instancia de de la administración concursal en fecha 16 de abril de 2014, auto de conclusión del concurso del deudor MENTURFE, S.L. con CIF B 57 053548 y domicilio en calle Moll de Llevant, 274 de Mahón, habiéndose aprobado en el citado auto la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, quedando la misma de manifiesto en esta Oficina Judicial. Palma de Mallorca, 16 de abril de 2014.- El Secretario Judicial.

  2. Declaración de concurso29/06/2010
    ⚖️ PALMA DE MALLORCAAuto 16/06/2010

    Don Guillem Ferrando Riera, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil numero 1 de Palma de Mallorca, Por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número, sección y declaración concurso 0000303/2010 se ha dictado a instancias de Menturfe, S.L., en fecha 16 de junio de 2010 auto de declaración de concurso voluntario abreviado de Menturfe, S.L., con CIF B-57053548 y con domicilio en calle Moll de Llevant, 274, de Mahón. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado, en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que es pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado ( artículo 184.3 Ley Concursal ) Palma de Mallorca, 22 de junio de 2010.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.