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Concurso de acreedores
MENORVA-SERVICIOS INMOBILIARIOS SA
CIF A07722671Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 24/11/2011 → 24/09/2018
- Procedimiento
- 518/2011
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso24/09/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de MallorcaProc. 518/2011Auto 13/09/2018
Don Juan Enrique Tévar Fernández, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 518/2011 G se ha dictado a instancia de la administración concursal en fecha 30.08.18, Auto de conclusión del concurso del deudor Menorva Servicios Inmobiliarios, S.A., con CIF A07722671, y domicilio en urbanización playas de Fornells, complejo Tramontana, n.º 110, de Es Mercadal – Menorca, por finalización de las operaciones liquidatorias, habiéndose aprobado en el citado auto la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, quedando la misma de manifiesto en esta Oficina Judicial. Palma de Mallorca, 13 de septiembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso24/11/2011⚖️ PALMA DE MALLORCAAuto 31/10/2011
Don Enrique Díaz Revorio, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca, por el presente, Hago saber: Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº Sección I Declaración concurso 518/11 se ha dictado a instancias de Menorva Servicios Inmobiliarios, S.A., en fecha 31 de octubre de 2011 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Menorva Servicios Inmobiliarios, S.A., con n.º de CIF A-07722671 y domicilio en la urbanización playas de Fornells, complejo Tramontana, n.º 110 de Es Mercadal - Menorca. Segundo.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administrador y disposición del deudor, siendo sustituido en las mismas por la administración concursal. Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio, y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 31 de octubre de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.