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Concurso de acreedores

MELI TOURS SA

CIF A17405226Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
411/02/201208/07/2019
Procedimiento
827/2011
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Girona · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE GIRONA · MERCANTIL - 1

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal08/07/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de GironaProc. 827/2011Auto 27/06/2019

    Doña Alicia de la Torre Duñaiturria, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Girona, Hago saber: Que en el Concurso abreviado 827/2011 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de Meli Tours, S.A., con NIF A17405226, con domicilio en Lloret de Mar, Avda. de las Alegrías, n.º 6. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Girona, 27 de junio de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Alicia de la Torre Duñaiturria.

  2. Conclusión del concurso28/06/2019
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE GIRONA Proc. 827/2011Juez : NÉSTOR PADILLA DÍAZAuto 21/06/2019

    SE NOMBRA A UN NUEVO ADMINISTRADOR CONCURSAL D. KILLIAN BENEYTO PALLAS

  3. Conclusión del concurso28/06/2019
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 827/2011Juez : SANTIAGO ARAGONES SEIJOAuto 21/06/2019

    DECLARACIÓN DE CONCLUSIÓN

  4. Otro acto concursal11/02/2012
    ⚖️ GIRONAProc. 827/2011Auto 23/01/2012

    El Juzgado Mercantil 1 de Girona, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 827/2011 concurso, por auto de esta fecha se ha declarado en concurso, a la deudora "Meli Tours, S.A.", con DNI/CIF A-17405226, y domicilio en y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Avda. de las Alegrías, n.º 6, de Lloret de Mar. 2.º Que los acreedores de la concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días, a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado". 3.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asisitidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 4.º Que la concursada conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del/de los Administrador/es concursal/es, mediante su autorización o conformidad. Girona, 23 de enero de 2012.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.