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Concurso de acreedores

MEGO INVERSIONES SL

CIF B10338077Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
317/03/201419/03/2019

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso19/03/2019
    ⚖️ CÁCERESAuto 11/03/2019

    Edicto D. Juan Fernando Montero Manchado, Letrado de la Administración de Justicia, de Jdo. 1.ª Inst. e Instrucción n.º 1 y Mercantil de Cáceres, anuncia: Que en el Concurso 0000066/2014, referente al concursado MEGO INVERSIONES, S.L., por auto de fecha 11-03-2019, se ha acordado lo siguiente: 1.- Declarar la conclusión del concurso, por estar en el supuesto de insuficiencia de la Masa activa para satisfacer los créditos contra la masa. 2.- La extinción de la sociedad MEGO INVERSIONES, S.L., con CIF B-10338077, y el cierre de su hoja de inscripción en los registros que corresponda con expedición de Mandamiento conteniendo testimonio de resolución firme. 3.- La aprobación de la rendición de cuentas del administrador Concursal D. José Manuel Mariño Romero. 4.- Archivar definitivamente las actuaciones.- Cáceres, 11 de marzo de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Juan Fernando Montero Manchado.

  2. Apertura de liquidación17/02/2015
    ⚖️ CÁCERESAuto 04/02/2015

    Don Juan Fernando Montero Manchado, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 y Mercantil de Cáceres, Anuncia: Que en la Sección I Declaración Concurso 0000066/2014, referente al concursado Mego Inversiones, S.L., por auto de fecha 4-3-15, se ha acordado lo siguiente: 1.º Abrir la fase de liquidación del concurso de oficio. 2.º Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.º Se ha declarado disuelta la mercantil Mego de Inversiones, S.L., con CIF: n.º B-10338077, cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal. 4.º La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los 10 días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Cáceres, 4 de febrero de 2015.- El Secretario Judicial.

  3. Declaración de concurso17/03/2014
    ⚖️ CÁCERESAuto 04/03/2014

    Don Juan Fernando Montero Manchado, Secretario Judicial de Jdo. 1.ª Inst. e Instrucción n. 1 y Mercantil de Cáceres, por el presente, Hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 0000066/2014 y NIG n.º 10037 41 1 2014 0029474, se ha dictado en fecha 4-03-2014 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Mego Inversiones, SL, con NIF n.º B10338077, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ De los Quesos, nº 8, 10600-Plasencia (Cáceres). 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal al Economista-Auditor de Cuentas, D. José Manuel Mariño Romero, con DNI n.º 6992649M, con domicilio postal en C/ Doctor Marañón, n.º 5-1.º, 10002-CÁCERES y dirección electrónica señalada [email protected], para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Cáceres, 4 de marzo de 2014.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.