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Concurso de acreedores
MEDITERRANEAN VEGETABLE OILS SL
CIF B93281541Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 15/11/2019 → 15/11/2019
- Procedimiento
- 961/2019
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga
Cronología del expediente
- Otro acto concursal15/11/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de MálagaProc. 961/2019Auto 29/10/2019
EDICTO El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, ANUNCIA: 1º.- Que en el procedimiento número 961/2019 por auto de fecha 29 de octubre de 2019 se ha declarado en concurso voluntario al deudor MEDITERRANEAN VEGETABLE OILS, S.L., con CIF B93281541 y domicilio social en Torremolinos (Málaga), calle Frutos Herranz nº3, bloque 1, 2º B, portal 7, centro de principales intereses. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal. 3º.- Que la Administración concursal la integra don Pedro Navarrete Molina, abogado, con DNI nº 31640616E y domicilio en Málaga, calle Cuarteles nº 39, escalera 1, 1º 1ª (29002). Teléfono 952 356 936 y dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos. 4º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El plazo para esta comunicación es el de UN MES a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal. Málaga, 12 de noviembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.