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Concurso de acreedores

MEDI-SERVICE TS 2015 SA

CIF A64602246Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
102/04/201602/04/2016
Procedimiento
119/2016

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso02/04/2016
    ⚖️ BARCELONAProc. 119/2016Auto 10/03/2016

    María José Hompanera González, Letrada de la Adm. de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil núm. 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, planta 13, de Barcelona. Número de Asunto.- Concurso voluntario núm. 119/2016- A. Tipo de Concurso.- Concurso voluntario abreviado. Entidad instante del Concurso y CIF.- MEDI-SERVICE TS 2015, S.A., CIF A64.602.246. Fecha del Auto de declaración.- 26/2/16 Y COMPLEMTARIO 3/3/16. Administradores concursales.- ADDVANTE FORENSE CONCURSAL, S.L.P., quien designó como persona física para desempeñar el cargo a D. ENRIC FAURA LLUIS, con domicilio Avda. Diagonal, 482, 1.ª planta, 08006 Barcelona, y teléfono 934.158.877 y en calidad de y dirección electrónica [email protected]. Facultades del concursado.- Intervenidas. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Barcelona, 10 de marzo de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.