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Concurso de acreedores

MECAPLAUTO SA

CIF A60822806Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
102/03/201302/03/2013
Procedimiento
960/2012
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal02/03/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de BarcelonaProc. 960/2012Auto 31/01/2013

    . Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia: Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 960/2012 en el que se ha dictado con fecha 31 de enero de 2013 auto declarando en estado de concurso a la entidad Mecaplauto, SA, con CIF A60822806 y mandando darle publicidad con los siguientes datos: NIG del procedimiento: 08019-47-1-2012-8006914. Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso. Concursada: Mecaplauto, SA, con domicilio en calle Aragó, 456, 08013 Barcelona. Administrador Concursal: Administración e Intervención Concursal, SLP, con domicilio en calle Nicolau, 6, bajos, Barcelona (Barcelona), con correo electrónico [email protected] Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 5 de febrero de 2013.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.