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Concurso de acreedores
MECANICAS ENRIC SL
CIF B62747464Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 5 — 01/08/2015 → 01/05/2025
- Procedimiento
- 577/2015
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONA · MERCANTIL - 3 · Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona
Cronología del expediente
- Otro acto concursal01/05/2025⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONAProc. 577/2015Juez : MIGUEL ANGEL CHAMORRO GONZALEZAuto 13/06/2023
Publicidad art. 294 LC del informe y demas documentación del AC
- Conclusión del concurso01/05/2025⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONAProc. 577/2015Juez : JUAN PABLO RINCON HERRANDOAuto 13/06/2023
publicidad declaración de concurso y conclusión por insuficiencia de masa activa
- Conclusión del concurso14/06/2023⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 577/2015Juez : Berta Pellicer OrtizAuto 13/06/2023
Acuerdo la CONCLUSIÓN del concurso de la mercantil MECANICAS ENRIC, S.L. con CIF B62747464
- Otro acto concursal03/05/2023⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 577/2015Juez : Rosalía Osorio TenorioAuto 02/05/2023
la Administración concursal de MECANICAS ENRIC, S.L. ha presentado solicitud de conclusión e informe de rendición de cuentas
- Declaración de concurso01/08/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 3 de BarcelonaProc. 577/2015Auto 09/07/2015
D/ña. María Aranzazu Alameda López, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 577/2015, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad MECÁNICAS ENRIC, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 577/2015 sección C1 NIG del procedimiento.-08019-47-1-2015-8005064 Entidad concursada.- MECÁNICAS ENRIC, S.L., con CIF nº B62747464. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del auto de declaración.- 9 de julio de 2015. Administrador/es concursal/es.- Diana Martínez López, con domicilio profesional en Rbla. Catalunya, 91-93 4º 3ª Barcelona, núm. de teléfono 934876545, núm. de fax 934961895 con dirección electrónica [email protected], designado por la sociedad PGM IURIS CONSULTING, S.L.P. nombrada administradora concursal Facultades del concursado.- intervenidas. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 13 de julio de 2015.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.