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Concurso de acreedores

MAYLO FOR EVER SL

CIF B35508399Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
3 — 07/11/2012 → 02/07/2018
Procedimiento
52/2012
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso02/07/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 52/2012Auto 12/06/2018

    Edicto Cedula de Notificación Doña AGUEDA REYES ALMEIDA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria. Por el presente se HACE SABER que en el procedimiento concursal n.º 52/2012, seguido a instancias del Procurador don Armando Curbelo Ortega, en nombre y representación de MAYLO FOR EVER, S.L.U., se ha dictado Auto el día 12 de junio de 2018, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Declarar la conclusión del concurso de la concursada MAYLO FOR EVER, S.L.U. con C.I.F. B-35.508.399, por haberse cumplido íntegramente por la misma el convenio aprobado en las presentes actuaciones por auto de fecha 9 de enero de 2018 cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes. Dése a la presente resolución la publicidad a la que alude el artículo 177.3 LC, procediéndose a librar los edictos necesarios para la publicación de la presente resolución en el tablón de anuncios de este juzgado, "Boletín Oficial del Estado" y Registro Público Concursal. Anótese su inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se ordena por la presente librar mandamiento por duplicado conteniendo testimonio de la resolución firme, que sera entregado al procurador instante para su diligenciado y gestion debiendo acreditar el mismo haber efectuado las gestiones necesarias para la publicación de la anotación de los mandamientos en el Registro Mercantil en el término de diez días. La concursada se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de Las Palmas, en el Tomo 1370 de Sociedades, folio 20, hoja GC-18983. Llévese el original de esta resolución al Libro de Autos1 Definitivos de este Juzgado, dejando testimonio en el expediente. Notifíquese esta resolución a las partes, indicándoles que contra la misma no cabe interponer recurso alguno (art. 177.1 LC). Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 28 de mayo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso04/01/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 52/2012Auto 19/12/2012

    Edicto Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 52/2012, seguido en virtud de la declaración de concurso de la mercantil Maylo for Ever, S.L.U., con CIF n.º B35508399, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador. Las Palmas de Gran Canaria, 19 de diciembre de 2012.- Secretaria Judicial.

  3. Declaración de concurso07/11/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 52/2012Auto 18/10/2012

    Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria. Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 52/2012, seguido a instancias del Procurador don Armando Curbelo Ortega en nombre y representación de Maylo For Ever, S.L.U., se ha dictado Auto el día 18 de octubre de 2012[p7], en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de Maylo For Ever, S.L.U.,con CIF n.º B-35.508.399, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario. Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal, el presente Edicto, se insertará en el Registro Público Concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado. Se designan como Administradores del concurso a: Don Vicente Caballero Sosa, Economista, que reúne los requisitos del artículo 27 de la LC., con domicilio en calle Reyes Católicos, n.º 61, 2º - C.P. 35001 Las Palmas, telf. 928262628, fax 928 225298, correo electrónico [email protected] En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la intervención por parte de la Administración Concursal. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.). Las Palmas de Gran Canaria, 24 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.