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Concurso de acreedores

MAYFAIR SL EN LIQUIDACION

CIF B28126993Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
2 — 24/09/2012 → 09/02/2016
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso09/02/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridAuto 28/01/2016

    Edicto Doña Verónica Calvo Moreno, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 284/12, por auto de fecha 28 de enero de 2016 se ha acordado la conclusión del concurso del deudor MAYFAIR, S.L., con CIF B-28126993. 2.º Se ha acordado la extinción de la entidad con cancelación de los asientos referentes a la sociedad extinguida, y cierre de su hoja registral en los registros públicos correspondientes. 3.º Se ha acordado el cese de su cargo del Administrador concursal. Madrid, 28 de enero de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal24/09/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridAuto 06/09/2012

    Doña Verónica Calvo Moreno, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal. (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 284 /2012, por auto de 6 de septiembre de 2012, se ha declarado en concurso al deudor MAYFAIR SL., con domicilio en calle Lagasca, 95, Madrid, y CIF B-28126993, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Madrid. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, D. CARLOS ROMERO SANZ, con despacho profesional en calle Zurbano, 96, 3.º D. Madrid 28003, telefono 91.442.09.28, fax 91.442.09.28 y correo electronico [email protected] la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la Administración concursal al domicilio o correo electrónico expresado, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la Administración concursal. No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 13 de septiembre de 2012.- La Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.