InicioJusticiaMATBY SHOP SL

Concurso de acreedores

MATBY SHOP SL

CIF B86792256Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
208/07/201702/03/2020
Procedimiento
217/2017
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal02/03/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridProc. 217/2017Auto 26/02/2020

    EDICTO Don Emilio José Zornoza Arana, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), ANUNCIA 1.º Que en el procedimiento Concurso ordinario 217/2017 relativo a la mercantil MATBY SHOP, S.L.U., con CIF B-86792256, por Auto de fecha 20/01/2020 se ha acordado la declaración del concurso y simultáneamente la conclusión y archivo del mismo por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3. 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación, en su caso. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción. Madrid, 26 de febrero de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Emilio José Zornoza Arana.

  2. Otro acto concursal08/07/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 3 de MadridProc. 217/2017Auto 05/07/2017

    EDICTO D. Mariano Rodríguez Trotonda, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Madrid. Hace saber: 1.- Que en el concurso Concurso ordinario 217/2017, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2017/0033471, por el Magistrado-juez D. Jorge Montull Urquijo se ha dictado auto de fecha 4 de mayo del 2017, se ha declarado en concurso voluntario Ordinario a MATBY SHOP SLU, con nº de identificación B86792256, y domiciliado en calle de López de Hoyos, nº 135, Piso 4 D, Madrid. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es la sociedad DLM INSOLVIA, S.L.P. quien designa para ejercer el cargo de administrador concursal a D. GREGORIO DE LA MORENA SANZ con DNI 01089098-W, con domicilio: c/ general moscardó nº 2, 1º dcha, c.p. 28020 Madrid, y teléfono: 913449410/914358721 y nº de fax: 914259853, así como correo electrónico: [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es Madrid, 5 de julio de 2017.- El Letrado de la Administración Concursal.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.