InicioJusticiaMAT LIMPIEZAS SL

Concurso de acreedores

MAT LIMPIEZAS SL

CIF B11391802Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
216/12/201416/06/2023
Procedimiento
1326/2014
Juzgado
Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Cádiz

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso16/06/2023
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 1326/2014Juez : ANA MARÍN HERREROAuto 05/05/2023

    AUTO DE CONCLUSIÓN

  2. Otro acto concursal16/12/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de CádizAuto 19/11/2014

    Edicto Doña Covadonga Herrero Udaondo, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 1326/14, con NIG 1101242M20140001226 por auto de 19 de noviembre de 2014 se ha declarado en concurso voluntario al deudor al deudor MAT LIMPIEZAS, S.L., con CIF B-11391802 y domicilio en Polígono industrial Gibraltar, calle Trigueros nave 20 C11300 La Linea de la Concepción. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D. Miguel Ángel Aguilar Furrasola con domicilio en Avda. Blas Infante, número 17, bloque 3 bajo, Algeciras, y dirección electrónica [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Cadiz, 26 de noviembre de 2014.- La Secretaria judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.