InicioJusticiaMartínez Automoción, S.L.U

Concurso de acreedores

Martínez Automoción, S.L.U

CIF B27146539Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
328/05/201003/02/2011
Procedimiento
635/2010

Cronología del expediente

  1. Convenio de acreedores03/02/2011
    ⚖️ LUGOProc. 635/2010Auto 10/01/2011

    Don Francisco Julián Hinojal Gijón, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 2 Mercantil de Lugo, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número Sección I Declaración Concurso 635/2010 referente al concursado Martínez Automoción, S.L.U. B27146539; Helizauto, S.A. A27109875; Autoprais, S.L. B27206838 y Sistral Auto, S.L. B27183862, se ha convocado Junta de Acreedores que se celebrará el día ocho de abril, a las diez horas en la Sala de Audiencias de este Juzgado. 2.- Se someterá/n a la deliberación y en su caso aprobación de la Junta la/s propuesta/s de convenio que se presenten. Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC. 3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC. Lugo, 10 de enero de 2011.- El Secretario Judicial.

  2. Otro acto concursal23/10/2010
    ⚖️ LUGOProc. 635/2010Auto 13/10/2010

    Don Francisco Julián Hinojal Gijón, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 2 y Mercantil de Lugo, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número Sección I Declaración Concurso 635/2010 acumulados 697/10,698/10 y 849/10 referente al deudor Martínez Automoción, S.L.U., B27146539, Sistral Auto, S.L., B27183862, Helizauto A27109875 y Autoprais B27206838, se ha presentado el informe de la administración concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal,junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por lo interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Lugo, 13 de octubre de 2010.- Secretario Judicial.

  3. Otro acto concursal28/05/2010
    ⚖️ LUGOAuto 18/05/2010

    Don Francisco Julián Hinojal Gijón, Secretario del Juzgado de 1ª Instancia nº 2, Mercantil de la Provincia de Lugo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 635/10, por auto de 18 de mayo de 2010 se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor Martínez Automoción, S.L.U., B27146539, con domicilio en Carretera Coruña, nº 124, Lugo, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Lugo. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Han sido designados Administradores el Letrado don Victoriano Azacárraga Salvadores, el Economista don Enrique Rodríguez Docampo, c/ Orense, 80, Lugo y al acreedor Caixa Galicia. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Lugo, 18 de mayo de 2010.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.