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Concurso de acreedores

MARTI & GASO SL

CIF B63992598Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
305/06/201523/06/2021
Procedimiento
886/2014
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONA

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal23/06/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONAProc. 886/2014Juez : JORGE MONTULL URQUIJOAuto 19/05/2016

    AUTO DE CONCLUSION DEL CONCURSO

  2. Conclusión del concurso23/06/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONAProc. 886/2014Juez : JAIME MOURENZA ARRIOLAAuto 19/05/2016

    AUTO DECLARA CONCLUSION DE CONCURSO Y ARCHIVO

  3. Declaración de concurso05/06/2015
    ⚖️ BARCELONAProc. 886/2014Auto 01/12/2014

    Franciso Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.-Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, nº 111, Edificio C, 12ª planta. Número de asunto.- Concurso voluntario 886/2014 Tipo de concurso.- Voluntario Entidad instante del concurso Martí & Gaso, S.L. y NIF B63992598. Fecha del auto de declaración.- 24-11-2014 Administradores concursales.- ARRAUT – SALA REIXACHS, SLP, con NIF B-59-997031 domiciliada en Via Augusta 48-54 1-5 Barcelona, 08006, con teléfono 93.218.09.84 como persona fisica a D.Antonio Vila Forensa con correo electrónico [email protected] Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador. Régimen de facultades de la concursada. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración cocursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en el caso que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobe sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 1 de diciembre de 2014.- Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.