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Concurso de acreedores
Marta Balleste Verge, co
CIF N78081234Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 03/11/2020 → 03/11/2020
- Procedimiento
- 313/2020
Cronología del expediente
- Declaración de concurso03/11/2020⚖️ LLEIDAProc. 313/2020Auto 15/10/2020
EDICTO Don Antoni Josep Casas Capdevila, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº. 6 de Lleida (Mercantil) al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, Hago saber: Número de asunto. Concurso consecutivo 313/2020 Sección: D. NIG: 2512047120208015990. Fecha del auto de declaración. 8 de septiembre 2020. Clase de concurso. VOLUNTARIO/ABREVIADO. Entidad concursada. Marta Balleste Verge, con 78081234Y. Administradores concursales. Se ha designado como Administrador concursal a Silvia Castro Sardà. Dirección postal: Avenida Gran Via de les Corts Catalanes 654, 2º 1ª 1A, 08015 - Barcelona. Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado. SUSPENDIDAS. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el artículo 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Edificio Canyeret, 3-5, planta 3 - Lleida. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (artículo 512 LC). La personación se debe realizar en esta Oficina judicial. Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es Lleida, 15 de octubre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Antoni Josep Casas Capdevila.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.