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Concurso de acreedores
MARINEXOTIC, S.L
CIF B30898969Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 8 — 13/12/2019 → 03/07/2024
- Procedimiento
- 392/2022 · 2022021-AEP
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA · Mercantil - 1
Cronología del expediente
- Otro acto concursal03/07/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 392/2022Auto 13/05/2024
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Otro acto concursal03/07/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 392/2022Auto 13/05/2024
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso14/05/2024⚖️ Mercantil - 1Proc. 392/2022Juez : MARIA DOLORES DE LAS HERAS GARCIAAuto 13/05/2024
Declarar la conclusión del concurso de la mercantil MARINEXOTIC, S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.
- Otro acto concursal10/04/2024⚖️ Mercantil - 1Proc. 392/2022Juez : MARIA DOLORES DE LAS HERAS GARCIAAuto 07/03/2024
INFORME CONCLUSION
- Otro acto concursal21/10/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 392/2022Juez : ARTURO GARCIA DEL CASTILLOAuto 21/09/2022
ANUNCIA: SE HA PRESENTADO INVENTARIO DE BIENES Y DERECHOS. EN 10 DIAS LOS INTERESADOS PODRAN PRESENTAR IMPUGNACIONES. PARA ELLO SE NECESITA ABOGADO Y PROCURADOR
- Otro acto concursal11/07/2022Proc. 2022021-AEPJuez : JOSE PABLO CARRERA FERNANDEZAuto 23/06/2022
EDICTO COMUNICANDO AUTO DE CONCLUSION DEL CONCURSO
- Conclusión del concurso21/04/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 392/2022Juez : PEDRO JOSE MALAGON RUIZAuto 13/05/2024
Que en el procedimiento concursal numero 323/2017 en el que figura como concursada URALSAN S.L., CIF B20066379, se ha dictado auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por finalización de la liquidación.
- Otro acto concursal13/12/2019Proc. 2022021-AEPJuez : MARIA DOLORES DE LAS HERAS GARCIAAuto 04/09/2022
RETRIBUCION PROVISIONAL
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.