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Concurso de acreedores

MARINE TIMARU SL

CIF B64398001Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
207/12/201623/09/2019
Procedimiento
707/2016
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 01 de Barcelona hago saber

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal23/09/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 01 de Barcelona hago saberProc. 707/2016Auto 15/05/2019

    EDICTO Don Luis Miguel Gonzalo Capellín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 01 de Barcelona hago saber que: En el Concurso abreviado 707/2016 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de MARINE TIMARU, S.L., con NIF B64398001, con domicilio en Paseo de la Ribera 120, 08420 Canovelles. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 15 de mayo de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Luis Miguel Gonzalo Capellín.

  2. Otro acto concursal07/12/2016
    ⚖️ BARCELONAProc. 707/2016Auto 07/11/2016

    Edicto. Don Luis Miguel Gonzalo Capellín, Letrado de la Adm. de Justicia del Juzgado Mercantil 1 Barcelona, Hace saber: Que en los autos con NIG 08019-47-1-2016-8006959 y n.° 707/2016B se ha declarado el concurso voluntario principal de fecha 7 de noviembre de 2016 de MARINE TIMARU, S.L., con CIF B64398001, y domicilio en Pg. la Ribera 120, 08420 Canovelles (Barcelona), en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimineto abreviado. El administrador concursal es la sociedad ETL GLOBAL ADDIENS, S.L.P., con domicilio en avda. Diagonal, 407 principal, 08008 Barcelona (Barcelona) y correo electrónico [email protected]. Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en avda. Diagonal, 407 principal, Barcelona (Barcelona), o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse comunicación por medios electrónicos. La comunicación deberá efectuarse en el plazo un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Sí se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del titulo o documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas. Barcelona, 11 de noviembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.