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Concurso de acreedores

Maria Asunción Vilaseca Alastuey, co

CIF N34731981Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
122/03/202122/03/2021
Procedimiento
40/2021
Administración concursal
MARÍA ALBA ZARAGOZA FARRE

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso22/03/2021
    ⚖️ LLEIDAProc. 40/2021Auto 28/01/2021

    Edicto. Don Antoni Josep Casas Capdevila, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Lleida (Mercantil), al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber: Número de asunto. Concurso consecutivo 40/2021 Sección: / NIG: 2512047120218000971 Fecha del auto de declaración. 28 de enero de 2021. Clase de concurso. consecutivo. Entidad concursada. Maria Asunción Vilaseca Alastuey, con 34731981A. Administradores concursales. Se ha designado como administrador concursal: MARÍA ALBA ZARAGOZA FARRE. Dirección postal: Avenida Catalunya 21, altell, 25007 Lleida. Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado. suspendidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes, a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Edificio Canyeret, 3-5, planta 3, Lleida. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en esta Oficina judicial. Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es Lleida, 29 de enero de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Antoni Josep Casas Capdevila.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.