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Concurso de acreedores

MANUFACTURAS ARRIE SA

CIF A01146281Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
206/04/201008/04/2017
Procedimiento
147/2006

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal08/04/2017
    ⚖️ VITORIAProc. 147/2006Auto 30/03/2017

    El UPAD Mercantil - Juzgado de lo Mercantil n° 1 de Vitoria-Gasteiz, ANUNCIA Que en el procedimiento concursal número 147/2006 en el que figura corno concursada MANUFACTURAS ARRIE S. A., CIF A01146281, se ha dictado el 21/03/2017 auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por inexistencia de la masa activa. La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor. Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora. Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno. Vitoria-Gasteiz, 30 de marzo de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Apertura de liquidación06/04/2010
    ⚖️ VITORIAProc. 147/2006Auto 16/03/2010

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Vitoria-Gasteiz, Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 147/2006 referente al concursado Manufacturas Arrie, S.A.U., con NIF n.° A01146281, por auto de fecha 16 de marzo de 2010 se ha acordado lo siguiente: 1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3. Se ha declarado disuelta la la sociedad Manufacturas Arrie, S.A.U., cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. 4. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Vitoria-Gasteiz, 16 de marzo de 2010.- El/La Secretario/a Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.