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Concurso de acreedores
MANTENIMENTS INDUSTRIALS BARTRE SL
CIF B63883979Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 5 — 21/05/2012 → 29/10/2021
- Procedimiento
- 342/2012
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONA · Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona
Cronología del expediente
- Otro acto concursal29/10/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONAProc. 342/2012Juez : SOFIA GIL GARCÍAAuto 07/09/2021
Admisión comunicación del inicio de apertura de negociacions para alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos.
- Conclusión del concurso29/10/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONAProc. 342/2012Auto 07/09/2021
Auto de conclusión de concurso
- Apertura de liquidación20/07/2016⚖️ BARCELONAProc. 342/2012Auto 04/07/2016
Don Francisco Velasco Garcia-Plata, Letrado de la Adm. de Justicia sust. del Juzgado Mercantil núm. 3 de Barcelona, de conformidad con los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, dicto el presente edicto al objeto de: - Dar publicidad a la resolución que acuerda la apertura de la fase de liquidación por incumplimiento de convenio de concurso de la mercantil Manteniments Industrials Bartre, S.L. - Dar posibilidad a los acreedores que no lo fueran en la fecha de la sentencia aprobando el convenio incumplido para que puedan comunicar su crédito al Administrador concursal en la forma establecida en el artículo 85 de la Ley Concursal en el plazo máximo de un mes a: Alejandro Palomar Maristany, con domicilio profesional en c. Josep de Peray, 19, baixos 2n., 08173 Sant Cugat del Valles (Barcelona), núm de teléfono 676468378, núm de fax 932094924, con la dirección electrónica [email protected], designado por la sociedad nombrada administradora concursal Palomar Guasch Administradors Concursals, S.L.P. (antiguamente denominada Ceteb Concursal, que acredita con escritura pública de cambio de denominación que se acompaña). Procedimiento:Concurso voluntario 342/2012-c2 Fecha de apertura de la fase de liquidación: 4 de julio de 2016. Sociedad Mercantil concursada: Manteniments Industrials Bartre, S.L., B63883979 c. Juan de la Cierva, 54, 08210 Barberá del Vallès (Barcelona). Barcelona, 5 de julio de 2016.- El Letrado de la Adm. de Justicia sust.
- Declaración de concurso25/07/2013⚖️ BARCELONAProc. 342/2012Auto 17/07/2012
Edicto dando publicidad a la sentencia de aprobación del Convenio Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria del Juzgado Mercantil nº 3 de Barcelona dicto, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad a la sentencia de aprobación de convenio del concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto.- Concurso voluntario 342/2012 C2. Entidad concursada.- Manteniments Industrials Bartre, S.L., con CIF núm. B63883979. Fecha de la sentencia.- 11.07.2013. Fallo.- La aprobación del convenio de acreedores -con la modificación por la que la concursada se comprometía al pago del 100% del crédito ordinario en un plazo de seis años- de la entidad mercantil Manteniments Industrials Bartre, S.L., adquiriendo plena eficacia en los términos legales desde la fecha de su aprobación, cesando los efectos de la declaración de concurso y cesando los administradores excepto en las labores derivadas de la sección de calificación y la fiscalización de la completa satisfacción de los créditos contra la masa y la rendición de cuentas en plazo de diez días desde la notificación de la presente. La sentencia que apruebe el convenio debe de ser publicitada en la forma prevista en el artículo 23 y 24 de la Ley Concursal, a tal fin se ordena librar edicto que recoja el fallo de esta sentencia, edicto que habrá de someterse al mismo régimen de publicidad que tuvo el auto de declaración de concurso. No hay condena en costas. Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Barcelona; recurso que habrá de presentarse en este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación. Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de Sentencias de este Juzgado. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Barcelona, 17 de julio de 2012.- La Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso21/05/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 342/2012Auto 26/04/2012
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso. Doña Natalia Ramos Laín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 342/2012, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto: Concurso voluntario 342/2012, Sección C2. Nig del procedimiento: 2124/2012. Entidad concursada: Manteniments Industrials Bartre, S.L., con CIF n.º B63883979. Tipo de concurso: Voluntario. Fecha del auto de declaración: 26 de abril de 2012. Administrador/es concursal/es: Don Alejandro-Ceteb Concursal-Palomar Maristany, con correo electrónico [email protected], domicilio en C/ Manel Tomàs, 2, 08800 Vilanova i la Geltrú (Barcelona), y n.º de teléfono 93 810 09 70. Facultades del concursado: Intervenido. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al Art.85 LC: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 2 de mayo de 2012.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.