InicioJusticiaMALLOPEL S.L.

Concurso de acreedores

MALLOPEL S.L.

CIF B45272150Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
319/09/201730/05/2025
Procedimiento
410/2017
Juzgado
Mercantil - 1

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso30/05/2025
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 410/2017Juez : ANA MARIA MARTIN-NIETO MARTINAuto 22/05/2025

    Acuerdo la CONCLUSIÓN del concurso de la mercantil MALLOPEL SL, dando por concluido el concurso en todas sus secciones

  2. Otro acto concursal20/04/2023
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 410/2017Juez : ARTURO GARCIA DEL CASTILLOAuto 19/04/2023

    PONER DE MANIFIESTO RENDICION DE CUENTAS

  3. Declaración de concurso19/09/2017
    ⚖️ TOLEDOProc. 410/2017Auto 13/09/2017

    D.ª María Jesús Gracia Guerrero, Letrada de la Administración de Justicia del Jdo.1.ª Inst. e Inst. n.º 1 y de lo Mercantil de Toledo, Por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 410/2017 y NIG 45168 41 1 2017 0002835, del deudor MALLOPEL, S.L., se ha dictado en fecha 01/09/2017 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor MALLOPEL, S.L., con CIF B45272150, cuyo domicilio social lo tiene en avda.Ciudad de Plasencia, 25, Polígono Industrial "Creta" de Talavera de la Reina (Toledo). 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal al Abogado D.Felipe Luis Laguna Flechillas quien ha aceptado el cargo en fecha 11/09/2017 y ha sido designado para el ejercicio de las funciones propias de la administración concursal, con domicilio postal en Paseo del Muelle,12, 5.º B, 45600 Talavera de la Reina (Toledo), y correo electrónico [email protected] señalado para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de UN MES a partir del día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Se pone de manifiesto que no se admitirán comunicaciones de créditos ni otros actos de comunicación con la Administración concursal a través del Juzgado. Toledo, 13 de septiembre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.