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Concurso de acreedores

MALBOHER SL

CIF B87232997Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
2 — 14/06/2017 → 10/10/2020
Procedimiento
631/2016
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal10/10/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de MadridProc. 631/2016Auto 31/08/2020

    Edicto Don ENRIQUE CALVO VERGARA, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid, anuncia: En el procedimiento concursal n.º 631/2016 de la deudora MALBOHER, S.L., con CIF B87232997 se dictó auto con fecha 31 de agosto de 2020 por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación y con domicilio social en Madrid, Glorieta de Rubén Darío, 3-1.º D. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art.177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Madrid, 31 de agosto de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Enrique Calvo Vergara.

  2. Apertura de liquidación14/06/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de MadridProc. 631/2016Auto 26/05/2017

    EDICTO Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid, Hace saber: 1.- Que en el concurso Concurso Abreviado 631/2016, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2016/0155894, por auto de fecha 17/05/2017, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a MALBOHER SL, con nº de identificación B87232997, y domiciliado en Glorieta Rubén Darío nº 3, 1º D de Madrid. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal 4.- La identidad de la Administración concursal es Rafael Laso Retamal, con domicilio postal en calle Lagasca, n.º 95, Madrid, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es 7.- Que el concursado ha solicitado la Liquidación de su patrimonio. 8.- Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso en los términos previstos en el artículo 191 ter de la LC. Madrid, 26 de mayo de 2017.- Letrado de la administración de justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.