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Concurso de acreedores
MAK SERVICIOS INTEGRALES SL
CIF B81355976Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 03/01/2011 → 22/05/2023
- Procedimiento
- 518/2010 · 10/2010
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID · Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil nº1 de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal22/05/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 518/2010Juez : MARIA GALLEN MARTINEZAuto 27/04/2023
Declaro a Marina Cintas Medina en concurso de acreedores consecutivo; que será tramitado por el procedimiento abreviado, en relación con las especialidades del concurso consecutivo.
- Conclusión del concurso22/05/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 518/2010Juez : FRANCISCO RUIZ HERNANEZAuto 27/04/2023
Auto de conclusión de concurso
- Conclusión del concurso12/05/2023⚖️ Mercantil - 1Proc. 518/2010Juez : ADELA MORENO BLANCOAuto 27/04/2023
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- Otro acto concursal03/01/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº1 de MadridProc. 10/2010Auto 10/12/2010
Edicto. Doña Inmaculada Rejas de Francisco, Secretario del Juzgado de lo Mercantil nº1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento de concurso voluntario abreviado n.º 518/10, por auto de 18/10/2010 se ha declarado en concurso de acreedores a la mercantil Mak Servicios Integrales, S.L., con CIF B-81355976, y cuyo domicilio social lo tiene en el Paseo de la Castellana n.º 155, 4.º dcha, (Madrid), coincidente con su centro de intereses principales. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde la publicación del anuncio que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, de forma gratuita. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 10 de diciembre de 2010.- Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.