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Concurso de acreedores

MAHELEC MANTENIMIENTOS SL

CIF B35724822Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
126/02/201526/02/2015
Procedimiento
544/2014
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso26/02/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 544/2014Auto 26/01/2015

    Don Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria. Por el presente se HACE SABER que en el procedimiento concursal 544/2014, seguido a instancias del Procurador Don Gerardo Pérez Almeida, en nombre y representación de MAHELEC MANTENIMIENTOS S.L., se ha dictado Auto el día 26 de enero de 2015, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de MAHELEC MANTENIMIENTOS S.L, con CIF n.º B35724822, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de VOLUNTARIO. Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado. Se designa como Administrador del concurso a Don Pedro Bautista Martín Molina, abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de Calle Abreu Galindo n.º 6, Bajo, CP. 35001 de Las Palmas de Gran Canaria, teléfono 695439719 y FAX 915599729, así como dirección electrónica [email protected] En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.). Las Palmas de Gran Canaria, 11 de febrero de 2015.- Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.