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Concurso de acreedores

MAESCA RUSTICA SL

CIF B57095051Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
325/04/201314/11/2017
Procedimiento
2013/0000
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal14/11/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de PalmaAuto 08/11/2017

    D. Vicente Manuel Bolufer Francia, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma, Hace saber: Que en este órgano judicial se tramita Concurso Voluntario n.º 99/13 del deudor PAVIMENTOS SAR, S.L. con CIF n.º B57095051 con domicilio en calle Miguel Ordinas, s/n, Santa Margalida, en los que, por resolución de fecha 8 de noviembre de 2017 se ha acordado: La conclusión del presente procedimiento concursal respecto de PAVIMENTOS SAR, S.L. con archivo de las actuaciones. Aprobar las cuentas rendidas por la Administración concursal. La extinción de la persona jurídica y cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil. Palma de Mallorca, 8 de noviembre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal27/06/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de PalmaAuto 19/06/2017

    Don Vicente Manuel Bolufer Francia, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma, Hace saber: Que en este órgano judicial se tramita Concurso Voluntario n.º 99/13 del deudor Maesca Rustica, S.L., con CIF n.º B57095051, con domicilio en calle Miguel Ordinas, s/n, Santa Margalida, y Residencial Romántica, S.L., con CIF n.º B57189599, y con domicilio en calle Miguel Ordinas, s/n, Santa Margalida, en los que, por resolución de fecha 14 de junio de dos mil diecisiete se ha acordado: La conclusión del presente procedimiento concursal respecto de MAESCA RÚSTICA, S.L. y RESIDENCIAL ROMÁNTICA, S.L., con archivo de las actuaciones. Aprobar las cuentas rendidas por la Administración concursal. La extinción de la persona jurídica y cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil. Palma de Mallorca, 19 de junio de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

  3. Declaración de concurso25/04/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de MallorcaProc. 2013/0000Auto 17/04/2013

    D. Enrique Díaz Revorio, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000439 /2013 y NIG n.º 07040 47 1 2013/0000606 se ha dictado en fecha 17 de abril de 2013 Auto de declaración de concurso del deudor "Maesca Rústica, S.L.", con CIF B-57095051, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Miguel Ordinas, s/n, de Santa Margalida, Islas Baleares. 2.º Se ha acordado la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada. 3.º Que el Abogado nombrado administrador concursal, don Emilio González Bilbao, con D.N.I. número 14581224Y, en fecha 22/04/2013, ha aceptado el cargo. 4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal calle Gerreria, 26, 1.º C, 07002 Palma de Mallorca o dirección de correo electrónico [email protected], en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 5. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 22 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.