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Concurso de acreedores
MADERAS Y PUERTAS ALCALA SL
CIF B11323185Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 11/05/2011 → 13/01/2023
- Procedimiento
- 7/2011
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL DE CADIZ 1
Cronología del expediente
- Otro acto concursal13/01/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE CADIZ 1Proc. 7/2011Juez : ALBERTO LÓPEZ VILLARUBIAAuto 22/09/2022
SE DECLARA EN CONCURSO Y SE ABRE LA FASE DE LIQUIDACIÓN
- Otro acto concursal13/01/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE CADIZ 1Proc. 7/2011Juez : CRISTINA MENENDEZ FELEZAuto 22/09/2022
Declaración de concurso consecutivo abreviado de A.P.F, con apertura de la fase de liquidación y suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición del deudor. Nombra Administradora Concursal a Susana Moreno de Lamo.
- Otro acto concursal11/05/2011⚖️ CÁDIZAuto 14/04/2011
Edicto. Doña Covadonga Herrero Udaondo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º uno de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 7/11, por auto de 14 de abril de 2011, se ha declarado en concurso voluntario a la deudora "Maderas y Puertas Alcalá, S.L.U.", con CIF B-11323185, domicilio en polígono industrial "Campamento" local número tres, San Roque (Cádiz). 2.º Que la deudora conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores de la concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado". 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Cádiz, 27 de de 2011.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.