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Concurso de acreedores
MADERAS ECHEVARRIA SOCIEDAD LIMITADA
CIF B48093934Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 25/11/2009 → 02/06/2016
- Procedimiento
- 683/2009
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao · Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao (Bizkaia)
Cronología del expediente
- Otro acto concursal02/06/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BilbaoProc. 683/2009Auto 16/05/2016
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao, Anuncia Que en el procedimiento concursal número 683/2009, en el que figura como concursado/a Maderas Echevarría, S.L., CIF B48093934, se ha dictado el 16 de mayo de 2016 auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa. La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor. Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno. Bilbao, 16 de mayo de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Apertura de liquidación16/10/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao (Bizkaia)Auto 24/09/2010
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao (Bizkaia), Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 683/09 referente al concursado Maderas Echevarria, S.L., con NIF B48093934, por auto de fecha 24-09-10 se ha acordado lo siguiente: 1.º Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2.º Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.º Se ha declarado disuelta la mercantil Maderas Echevarria, S.L., cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. 4.º La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Bilbao, 24 de septiembre de 2010.- El/la secretario judicial.
- Otro acto concursal25/11/2009⚖️ BILBAOAuto 13/11/2009
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1-Que en el procedimiento número 683/09, por auto de 13 de noviembre de dos mil nueve se ha declarado en concurso voluntario al deudor Maderas Echevarría, S.L., con NIF B48093934, con domicilio en Barrio Barrio San Ignacio nº 9-48330 Lemona y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Lemona. 2- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 4- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Bilbao, 13 de noviembre de 2009.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.