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Concurso de acreedores
MADERAS BARRANTES SL
CIF B36431575Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 07/02/2012 → 07/02/2012
- Procedimiento
- 2011/0000
Cronología del expediente
- Declaración de concurso07/02/2012⚖️ PONTEVEDRAProc. 2011/0000Auto 10/01/2012
Don José Tronchoni Albert, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Pontevedra, por el presente, Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I Declaración Concurso 0000217/2011, NIG número 36038 47 1 2011/0000251, se ha dictado Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Maderas Barrantes, S.L., con cif número B 36431575 cuyo centro de intereses principales lo tiene en Polígono Industrial del Salnés, número 6 - 36636 - Ribadumia, siendo nombrado administrador concursal don Juan Carlos Rivas Castro con DNI número 33305728-A, y con email: [email protected]. 2°.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. 3°.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4°.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal). Pontevedra, 10 de enero de 2012.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.