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Concurso de acreedores
MACHUCA FRUITS S.L
CIF B06500219Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 14/10/2017 → 16/01/2024
- Procedimiento
- 332/2017
- Juzgado
- Mercantil - 1 · Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso16/01/2024⚖️ Mercantil - 1Proc. 332/2017Juez : ZAIRA GONZALEZ AMADOAuto 08/01/2024
Conclusión de concurso
- Otro acto concursal01/12/2023⚖️ Mercantil - 1Proc. 332/2017Juez : zaira gonzalez amadoAuto 02/11/2023
segun edicto
- Declaración de concurso14/10/2017⚖️ Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de BadajozAuto 12/09/2017
D./Dª. LUCÍA PECES GÓMEZ, Letrado de la Administración de Justicia del Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con la SECCIÓN I DECLARACIÓN CONCURSO 0000332/2017 se ha dictado en fecha 12 de septiembre de 2017 auto de declaración de concurso abreviado voluntario del deudor MACHUCA FRUITS, SLU, con CIF B06500219, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Ctra. de Cáceres, Km. 80, Finca Bardoquillas, Badajoz, instado por el procurador D. José Antonio Venegas Carrasco. 2.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercía el concursado. Se ha designado, como administración concursal LUGAR ABOGADOS & ASOCIADOS, SLP, con CIF B62880307, con domicilio postal en Calle Guardia Civil n.º 6, 1ª A, de Badajoz 06001, y correo electrónico [email protected] que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de crédito dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la administración concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es. Badajoz, 12 de septiembre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.