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Concurso de acreedores

M. A. DEL BAIX LLOBREGAT SL

CIF B65972275Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
110/12/201610/12/2016
Procedimiento
630/2016

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso10/12/2016
    ⚖️ BARCELONAProc. 630/2016Auto 10/11/2016

    Maria José Hompanera González, Letrada de la Adm. de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 10 de Barcelona, dicto el presento edicto: Juzgado.- Mercantil n.º 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes n.º 111, Edificio C Planta 13 de Barcelona. Número de asunto.- Concurso Voluntario núm. 630/2016-A. Tipo de Concurso.- Concurso Voluntario Abreviado. Entidad instante del concurso y CIF.- M.A. del Baix Llobregat,S.L. CIF B65972275. Fecha del auto de declaración.-14/10/16. Administradores concursales.- Maria Jesús Baigorri Puerto, con domicilio Pl.Urquinaona 6 14 A-1 08010 Barcelona y teléfono n.º 933173184 y en calidad de abogada dirección electrónica [email protected]. Facultades del concursado.- Intervenidas. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Barcelona, 10 de noviembre de 2016.- La Letrada de la Adm. de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.