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Concurso de acreedores
LUIS FERRER SA
CIF A62664198Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 17/02/2015 → 12/07/2016
- Procedimiento
- 1054/2014
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso12/07/2016⚖️ BARCELONAProc. 1054/2014Auto 16/06/2016
Edicto dando publicidad al archivo de concurso Don Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Administración de Justicia sust. del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 1054/2014, en el que se ha dictado auto de archivo del procedimiento por insuficiencia de masa activa de la entidad LUIS FERRER, S.A.U., con CIF número A62664198, y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 1054/2014, Sección C4. NIG del procedimiento.- 08019-47-1-2014-8008637. Entidad concursada.- LUIS FERRER, S.A.U., con CIF número A62664198. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del auto de conclusión.- 16/06/2016 Barcelona, 16 de junio de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia sust.
- Declaración de concurso17/02/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 1054/2014Auto 26/01/2015
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso Doña MARÍA ARANZAZU ALAMEDA LÓPEZ, Secretario/a judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 1054/2014, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad LUIS FERRER, S.A.U., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 1054/2014, Sección C4. NIG del procedimiento.- 0801947120148008637. Entidad concursada.- LUIS FERRER, S.A.U., con CIF n.º A62664198. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del auto de declaración.- 14/01/2015. Administrador/es concursal/es.- D/doña Joan Domenech Morral, con correo electrónico [email protected], teléfono 638417844 y dirección C. Boix, 10, 08192 Sant Quirze del Valles (Barcelona). Facultades del concursado.- Intervenidas. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad de acreedores, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 26 de enero de 2015.- La Secretaria judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.