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Concurso de acreedores
LORD Y LUNA SL
CIF B84053784Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 11/09/2009 → 27/06/2013
- Procedimiento
- 350/2009
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso27/06/2013⚖️ MADRIDAuto 04/06/2013
Edicto Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 350 /2009, por auto de 4 de junio de 2013, se ha acordado la conclusión del concurso voluntario de la entidad Lord y Luna, S.L. con C.I.F. B84053784, así como el cese del administrador concursal don Rafael Martín Rueda. 2.º Asimismo, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la administración concursal y se ha declarado la extinción de la entidad. Madrid, 4 de junio de 2013.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal14/09/2009⚖️ MADRID.Proc. 350/2009Auto 09/06/2009
Edicto Doña María del Carmen Ori Fernández, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1ª Que en el procedimiento número 350/2009, por auto de 9 de junio de 2009 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Lord y Luna, S.L. con CIF B-84053784, con domicilio en Avda. de las Retamas, 78, local comercial n.º 2, Alcorcón (Madrid). 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. 4º.- El plazo para esta comunicación es la de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios del Juzgado. 5º.- Que los acreedores interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184,3 LC). 6º.- Según Real Decreto de fecha 1 de abril de 2009, la publicación del Edicto en ese Diario Oficial (BOE) será gratuita. En Madrid a, 9 de junio de 2009.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal11/09/2009⚖️ MADRID.Proc. 350/2009Auto 09/06/2009
Edicto. Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 350/2009, por auto de 9 de junio de 2009, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Lord y Luna, SL. con CIF B-84053784, y domicilio en Avd. de las Retamas 78, local comercial nº. 2, Alcorcón (Madrid). 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. 4º.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios del juzgado. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Lc). 6º.- La publicación de los anuncios será gratuita según lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 22/2003, de 9 julio, Concursal. Madrid, 4 de septiembre de 2009.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.