Inicio›Justicia›LOFTCONS SOCIEDAD LIMITADA
Concurso de acreedores
LOFTCONS SOCIEDAD LIMITADA
CIF B43606284Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 07/01/2010 → 13/09/2014
- Procedimiento
- 626/2009
Cronología del expediente
- Declaración de concurso13/09/2014⚖️ TARRAGONAProc. 626/2009Auto 31/07/2014
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Tarragona, por el presente, hace saber: Que en los autos de Concurso Voluntario de la mercantil Loftcons, S.L. (CIF: B-43.606.284), seguidos en este Juzgado con el n.º 626/2009, se ha dictado en fecha 31-7-14 auto de conclusión del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Debo declarar y declaro la conclusión del concurso de Loftcons, S.L., seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el n.º 626/09 a instancias de Loftcons, S.L., y el archivo de las actuaciones por inexistencia de masa activa. Se declara la extinción de la mercantil Loftcons, S.L., con CIF n.º B-43.606.284 y, como consecuencia, procédase al cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Tarragona. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. Asimismo, se decreta el cese de la Administración Concursal. Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal. Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado y en el diario en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase mandamiento al Registro Mercantil de Tarragona, para la cancelación de la anotación practicada en su dia, relativa a la declaración concursal, a las facultades de administración y disposición de la concursada y del nombramiento de la Administración Concursal, así como la relativa a la apertura de la fase de liquidación. Igualmente, se proceda al cierre de la hoja de inscripción de la mercantil concursada. Líbrese para ello el correspondiente mandamiento que será entregado al Procurador del solicitante para su inmediata remisión a los medios de publicidad y práctica de la cancelación de los asientos registrales previstos. Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de El Vendrell. Notifíquese la presente resolución, haciendo saber que contra la misma no cabe recurso alguno. Así lo acuerda, manda y firma don César Suárez Vázquez, Magistrado-Juez del Juzgado Mercantil número 1 de Tarragona. Doy fe." Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente. Tarragona, 31 de julio de 2014.- El Secretario judicial.
- Declaración de concurso07/01/2010⚖️ TARRAGONAProc. 626/2009Auto 11/12/2009
Edicto. D. Joan Holgado Esteban, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil ) de Tarragona, por el presente Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº 626/2009 se ha dictado en fecha 11 de diciembre de 2.009 Auto de declaración de Concurso Voluntario de la mercantil Loftcons, S.L., con CIF nº B-43.606.284 y domicilio social en El Vendrell (Tarragona), calle Vidriers, número 16 - La Cometa, representada por la procuradora Doña Inmaculada Amela Rafales y defendida por el Letrado Don Jose Juan Andújar Santos, y en el que se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá conservando la concursada, quedando sometido el ejercicio de éstas a la actuación de la administradora concursal, e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administradora Concursal designada Doña Susana Tarrasó Huesca la existencia de sus créditos. Dicha comunicación deberá presentarse ante ese Juzgado en el plazo de quince dias hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletin Oficial del Estado del auto de declaración de concurso, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativo al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que pretenda, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente En Tarragona, 11 de diciembre de 2009.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.