Concurso de acreedores
LOETNIKO SL
CIF B91421123Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 22/12/2011 → 01/12/2018
- Procedimiento
- 1070/2011
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Sevilla
Cronología del expediente
- Otro acto concursal01/12/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de SevillaProc. 1070/2011Auto 13/11/2018
El Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo acordado en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC) ANUNCIA Que en el procedimiento número 1070/2011-8 referente al deudor LOETNIKO, S.L con C.I.F. B91421123 C, domicilio en Tomares, c/ Rosa Luxemburgo n.º 30, 1º D, CP 41940 y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Sevilla por auto de fecha trece de noviembre de dos mil dieciocho se ha acordado lo siguiente: 1.- La conclusión del proceso concursal de la entidad LOETNIKO, S.L llevado en este mismo Juzgado con el número 1070/2011-8. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición. 2.- El cese del Administrador concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de cinco días. 3.- La declaración de extinción de la sociedad LOETNIKO, S.L y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros. sevilla, 13 de noviembre de 2018.- La Letrada de la Administracion de Justicia, Ana Gullón Gullón.
- Otro acto concursal22/12/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de SevillaProc. 1070/2011Auto 07/12/2011
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia 1.º-Que en el procedimiento número 1070/2011, por auto de 30/11/11 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Loetniko, S.L., con CIF B91421123, domicilio en Tomares, C/ Rosa Luxemburgo, n.º 30, 1.º D, CP 41940 y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Sevilla. 2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 7 de diciembre de 2011.- Secretario judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.