Concurso de acreedores
LOCARPE SL
CIF B85056372Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 19/11/2015 → 09/02/2018
- Procedimiento
- 38/2011
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil nº 05 de Madrid · Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal09/02/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 05 de MadridAuto 06/02/2018
EDICTO Dña. Irene Ortiz Plaza, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil nº 05 de Madrid, En el procedimiento 571/15 se dictó auto por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación de LOCARPE, S.L., con CIF nº B85056372 y con domicilio en la calle de Hortaleza, 65 (28004) de Madrid. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento. Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica deudora y la aprobación de las cuentas presentadas por la Administración concursal. Madrid, 6 de febrero de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal19/11/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de MadridProc. 38/2011Auto 27/10/2015
Edicto D.ª Francisca Santos-Olmo Martínez, Letrado de la Administración de Justicia y del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue concurso voluntario abreviado 571/15, en el que recayó auto de fecha 27 de octubre de 2015, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: "Se declara en Concurso Voluntario a la mercantil LOCARPE, S.L., con C.I.F. B-85056372". "Se acuerda la intervención de las facultades del deudor". "Los acreedores concursales en la forma establecida en el art. 85 de la Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, deberán poner en conocimiento del Administrador Concursal D. Francisco Javier Díaz-Gálvez de la Cámara la existencia de sus créditos, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este edicto, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado, pudiendo hacerse: personalmente o mediante comunicación por correo postal en la calle Fortuny, n.º 45, bajo-izda (28010) Madrid, y en su dirección de correo electrónico [email protected]" Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente. Madrid, 2 de noviembre de 2015.- La Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.