InicioJusticiaORCHARD REAL ESTATE (DEVELOPMENTS) ASTURIAS SL EN LIQUIDACION

Concurso de acreedores

ORCHARD REAL ESTATE (DEVELOPMENTS) ASTURIAS SL EN LIQUIDACION

CIF B84462910Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
316/12/201014/05/2012

Cronología del expediente

  1. Apertura de liquidación14/05/2012
    ⚖️ OVIEDOAuto 17/04/2012

    Edicto. Don Andrés Prada Horche, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número dos de Oviedo, anuncia: Que en el Concurso 0000361/2010, referente al concursado Orchard Real Estate (Developments) Asturias, Sociedad Limitada (Unipersonal), por auto de fecha 17 de abril de 2012, se ha acordado lo siguiente: 1. Abrir la fase de liquidación del concurso. 2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3. Se ha declarado disuelta la entidad concursada Orchard Real Estate (Developments) Asturias, Sociedad Limitada (Unipersonal), CIF: B-84462910, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 4. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en Boletín Oficial del Estado y El Comercio, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuando considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Oviedo, 26 de abril de 2012.- El Secretario Judicial.

  2. Convenio de acreedores01/03/2012
    ⚖️ OVIEDOAuto 11/04/2012

    Edicto Don Andrés Prada Horche, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número dos de Oviedo, anuncia 1.º Que en el procedimiento concursal número Sección I declaración Concurso 0000361/2010 referente al concursado Orchard Real Estate (Developments) Asturias Sociedad Limitada (Unipersonal), CIF B-84462910, con domicilio en Calle Manuel Pedregal número 10, primero B de Oviedo, se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 11 de abril de 2012 a las 12:30 horas en la sala de vistas de este Juzgado. 2.º Se someterá a la deliberación y en su caso aprobación de la Junta la propuesta de convenio presentado por la concursada. Dicha propuesta, junto con el escrito de evaluación de la administración concursal pueden ser examinadas por los interesados en la Secretaría del Juzgado. Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC. 3.º Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC. Oviedo, 6 de febrero de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.

  3. Declaración de concurso16/12/2010
    ⚖️ OVIEDOAuto 19/11/2010

    Edicto Don Andrés Prada Horche, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo, por el presente, hago saber: Primero.-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I Declaración Concurso 0000361/2010 Mesa 5 se ha dictado en fecha 19 de noviembre de 2010 Auto de declaración de concurso voluntario de la entidad "Orchard Real Estate (Developments) Asturias, S.L. (Unipersonal)", CIF n. B-84462910, con domicilio en calle Manuel Pedregal, número 10, 1.º B, de Oviedo, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Asturias. Segundo.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos, que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, que se ha acordado publicar en el Boletín Oficial del Estado y La Voz de Asturias. Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Oviedo, 26 de noviembre de 2010.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.