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Concurso de acreedores

QUESERIA MENORQUINA SOCIEDAD LIMITADA

CIF B57619868Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
504/05/201124/05/2022
Procedimiento
228/2011
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PALMA DE MALLORCA 2 · MERCANTIL - 2

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal24/05/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PALMA DE MALLORCA 2Proc. 228/2011Auto 29/04/2022

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

  2. Conclusión del concurso24/05/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PALMA DE MALLORCA 2Proc. 228/2011Juez : Leandro Blanco García-LomasAuto 29/04/2022

    Dictado auto por el que se acuerda la conclusión del concurso de acreedores y la exoneración definitiva de deudas (la totalidad de los créditos ordinarios y subordinados) solicitada por la deudora.

  3. Conclusión del concurso05/05/2022
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 228/2011Juez : MARIA CRISTINA ALONSO VIOQUEAuto 03/05/2022

    Se declara la CONCLUSION del procedimiento concursal de la mercantil QUESERIA MENORQUINA SL por cumplimiento del convenio

  4. Declaración de concurso24/09/2011
    ⚖️ PALMA DE MALLORCAProc. 228/2011Auto 04/04/2011

    Doña Paula Cristina de Juan Salva, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número sección I declaración concurso 228/2011 se ha dictado a instancias de "Quesería Menorquina, Sociedad Limitada Unipersonal", con CIF B-57619868, y domicilio en calle Capifort, número 13, Poima, Mahón (Menorca), código postal 07714, en fecha 4 de abril de 2011, auto de declaración de concurso voluntario de la deudora "Quesería Menorquina, Sociedad Limitada Unipersonal", cuyo centro de intereses principales lo tiene en Menorca. 2.º Que en dicho auto se acordó la suspensión de las facultades de disposición y administración de la concursada siendo sustituidas dichas facultades por la administración concursal. 3.º Por auto de fecha 20 de julio de 2011 se acuerda la modificación del régimen de suspensión pasando a ser de intervención por la administración concursal. Palma, 20 de julio de 2011.- La Secretaria Judicial.

  5. Declaración de concurso04/05/2011
    ⚖️ PALMA DE MALLORCAProc. 228/2011Auto 04/04/2011

    Doña Paula Cristina de Juan Salva, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Palma de Mallorca, por el presente, Hago saber: 1.° Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I Declaración Concurso 228/2011 se ha dictado a instancias de Quesería Menorquina, Sociedad Limitada Unipersonal, con CIF B-57619868, y domicilio en Calle Capifort, número 13, Poima, Mahón, Menorca, Código Postal 07714, en fecha 4 de abril de 2011 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Quesería Menorquina, Sociedad Limitada Unipersonal, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Menorca. 2.° Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que será sustituida por la Administración concursal. 3.° Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así corno los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 4 de abril de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.