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Concurso de acreedores

LIDIA LOZANO MORENO, co

CIF N39725802Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
129/12/202029/12/2020
Procedimiento
340/2020
Administración concursal
D

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso29/12/2020
    ⚖️ TARRAGONAProc. 340/2020Auto 17/12/2020

    EDICTO Joan Holgado Esteban, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Tarragona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, Hago saber: Número de asunto. Concurso consecutivo 340/2020 Sección: 8 NIG: 4314847120208014685 Fecha del auto de declaración. 26.11.2020. Clase de concurso. voluntario consecutivo. Entidad concursada. LIDIA LOZANO MORENO, con 39.725.802H. Administradores Concursales. Se ha designado como Administrador Concursal: D. RAMÓN BADÍA TERUEL. Dirección postal: Calle Sant Joan, 22, 25310 Agramunt (Lleida) Dirección electrónica: [email protected] Teléfono de contacto: 973 390003 Régimen de las facultades del concursado. Suspensión. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Roma, 19 - Tarragona. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en esta Oficina judicial. Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es Tarragona, 17 de diciembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Joan Holgado Esteban.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.