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Concurso de acreedores
LICEO SIGLO XXI SL
CIF B60990967Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 14/10/2015 → 14/10/2015
- Procedimiento
- 601/2015
Cronología del expediente
- Declaración de concurso14/10/2015⚖️ BARCELONAProc. 601/2015Auto 10/07/2015
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso Don Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.° 111, edificio c, 12.ª planta. Numero de asunto.- Concurso voluntario 601/2015 4. Tipo de concurso.- Voluntario. Entidad instante del concurso y NIF.- Liceo Siglo XXI, S.L., en liquidación, B-60990967. Fecha del auto de declaración- 10 de julio de 2015. Administradores concursales.- Verae Abogados y Economistas, S.L.P., que mediante escritura pública otorgada en fecha 18 de junio de 2013, ante el Notario de Castilla y León, Julio Vázquez y Velasco con número de protocolo 825, confirió poder a favor de D. Rafael Pujadas Gil, con DNI 37635995Z, con domicilio en Roger de Lluiria, 87, 1-1, (08009) de Barcelona, como Abogado, con correo electrónico [email protected]. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Régimen de suspensión las facultades de la concursada Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Dado en Barcelona, 21 de septiembre de 2015.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.